En resumen
La murabaha es una venta en la que el vendedor anuncia su precio de compra y su margen. En las finanzas, el banco compra el bien que pide el cliente, lo posee y luego se lo revende a un precio fijado de una vez por todas, pagadero en cuotas mensuales. La Academia Internacional del Fiqh la admite si el banco ha adquirido y recibido realmente el bien (resoluciones 40-41, 1988).
Cómo funciona
- El cliente elige un bien (vehículo, vivienda, equipo) y pide al banco que lo compre; promete comprárselo después.
- El banco lo compra en su propio nombre al vendedor y pasa a ser su propietario: hasta la entrega, la pérdida del bien corre a su cargo.
- Se lo revende al cliente con un margen anunciado; el precio total queda fijado en el contrato.
- El cliente paga ese precio en uno o varios pagos; el precio ya no puede aumentar.
Las condiciones de la Academia Internacional del Fiqh
La «murabaha a la orden de compra» es una venta permitida cuando se refiere a un bien que ha entrado en la propiedad del banco y que este ha recibido, y el banco asume el riesgo de pérdida antes de la entrega y la garantía por vicios ocultos (resoluciones 40-41 (2/5 y 3/5), Kuwait, diciembre de 1988). La promesa hecha por una sola parte puede obligarla; una promesa que obligara a ambas partes está prohibida, porque equivaldría a vender un bien que todavía no se posee (Abu Daud 3503, at-Tirmidi 1232).
El precio debe ser único y quedar fijado en el contrato: no se puede dejar la elección entre varios precios según el plazo sin cerrar el trato (at-Tirmidi 1231), ni cobrar un interés aparte (resolución 51 (2/6)).
Retrasos y reembolso anticipado
- No se añade ningún excedente a la deuda en caso de retraso (resolución 51 (2/6)). Para disuadir de los retrasos, la AAOIFI admite que el cliente se comprometa a hacer una donación a una obra benéfica, de la que el banco no se beneficia.
- El banco puede tomar una garantía y prever que los plazos pendientes sean exigibles si el cliente deja de pagar sin ser insolvente (resolución 64 (2/7)).
- Puede concederse un descuento por pago anticipado si no se prometió en el contrato (resolución 64 (2/7)).
Ejemplo
Precio de un vehículo: 20 000; aporte inicial: 2000; el banco financia 18 000 y lo revende con un margen total del 12 %, es decir, 2160. Precio de venta: 20 160, pagado en 48 cuotas mensuales de 420. La calculadora de murabaha también da la tasa anual equivalente, útil para compararla con un préstamo.
Las críticas
El margen suele calcularse a partir de las tasas del mercado, lo que da cuotas parecidas a las de un préstamo. Para la mayoría de los comités de sharía, eso no cambia la naturaleza del contrato, que sigue siendo una venta; aun así, algunos críticos piden que el banco asuma un riesgo real y no se limite a una compra puramente formal. La murabaha no debe servir para obtener dinero en efectivo: sería un tawarruq organizado, prohibido por la Academia (resolución 179 (5/19)).
Los versículos
ٱلَّذِينَ يَأْكُلُونَ ٱلرِّبَوٰا۟ لَا يَقُومُونَ إِلَّا كَمَا يَقُومُ ٱلَّذِى يَتَخَبَّطُهُ ٱلشَّيْطَٰنُ مِنَ ٱلْمَسِّ ذَٰلِكَ بِأَنَّهُمْ قَالُوٓا۟ إِنَّمَا ٱلْبَيْعُ مِثْلُ ٱلرِّبَوٰا۟ وَأَحَلَّ ٱللَّهُ ٱلْبَيْعَ وَحَرَّمَ ٱلرِّبَوٰا۟ فَمَن جَآءَهُۥ مَوْعِظَةٌ مِّن رَّبِّهِۦ فَٱنتَهَىٰ فَلَهُۥ مَا سَلَفَ وَأَمْرُهُۥٓ إِلَى ٱللَّهِ وَمَنْ عَادَ فَأُو۟لَٰٓئِكَ أَصْحَٰبُ ٱلنَّارِ هُمْ فِيهَا خَٰلِدُونَ ٢٧٥
Los que lucran con la usura saldrán [de sus tumbas el Día del Juicio Final] como locos poseídos por el demonio. Esto es porque dicen que el comercio es igual que la usura, pero [no, porque] Dios permitió el comercio y prohibió la usura. A quien le haya llegado de su Señor [el conocimiento de] la prohibición [de la usura] y se haya abstenido arrepintiéndose, podrá conservar lo que obtuvo en el pasado, y su asunto será juzgado por Dios. Mas si reincide, se contará entre los moradores del Fuego, en el que sufrirá eternamente.
Los hadices
لا تبع ما ليس عندك
بَيْعَتَيْنِ فِي بَيْعَةٍ
Preguntas frecuentes
¿La murabaha es solo un préstamo encubierto?
No, si se respetan las condiciones: el banco compra y posee el bien, asume su riesgo y vende a un precio fijo que ya no cambia. Si faltan esos elementos (bien nunca adquirido, penalizaciones por retraso en beneficio del banco), la crítica está justificada.
¿Puede expresarse el margen como un porcentaje anual?
Sí, como simple método de cálculo del precio, siempre que el precio total quede fijado en el contrato y no varíe después.