Ir al contenido

Las cuatro escuelas y sus diferencias

Las cuatro escuelas suníes coinciden en lo esencial de las partes. Difieren en algunas cuestiones, que la calculadora aplica según la escuela elegida y señala cada vez que cambian el resultado.

Los puntos de divergencia

CuestiónHanafíMalikíShafi‘íHanbalí
Abuelo y hermanoslos excluye (Abu Bakr)reparto (Zayd)reparto (Zayd)reparto (Zayd)
Mushtaraka: los hermanos de padre y madre…no reciben nadareparten el tercio de los maternosreparten el tercio de los maternosno reciben nada
Resto sin heredero del restoradd (salvo cónyuges)tesoro público (opinión clásica)tesoro público (opinión clásica)radd (salvo cónyuges)
Parientes por línea femeninaheredan (qaraba)tesoro (opinión clásica)tesoro (opinión clásica)heredan (tanzîl)
Abuela paterna con el padreexcluidaexcluidaexcluidahereda
Malikiyya(hermanos excluidos)abuelo 1/3abuelo 1/6abuelo 1/6
Hijo por nacer1 niño o 1 niñase espera al nacimientosin límite2 niños o 2 niñas

La opinión mayoritaria de esta calculadora

El modo «opinión mayoritaria» sigue la opinión de tres escuelas de cuatro cuando existe. En la Mushtaraka y el radd, donde se dividen dos contra dos, sigue el reparto y el radd, como las principales calculadoras árabes. El resultado muestra siempre la comparación de las cuatro escuelas.

¿Por qué estas diferencias?

Los textos no lo dicen todo: el abuelo con los hermanos, la Mushtaraka o el radd los resolvieron los Compañeros, que no siempre dictaminaron igual. Las escuelas siguieron una u otra opinión; ninguna inventa una parte.

Los mismos casos en cada escuela

Un hombre fallece y deja a su abuelo paterno y sus 3 hermanos de padre y madre. Ver el ejemplo resuelto
Heredero MayoríaHanafíMalikíShafi‘íHanbalí
El abuelo paterno 13 1 13 13 13
3 hermanos de padre y madre 23 0 23 23 23
Una mujer fallece y deja a su esposo, su madre, su hermano de padre y madre y sus 2 medio hermanos maternos. Ver el ejemplo resuelto
Heredero MayoríaHanafíMalikíShafi‘íHanbalí
El esposo 12 12 12 12 12
La madre 16 16 16 16 16
El hermano de padre y madre 19 0 19 19 0
2 medio hermanos maternos 29 13 29 29 13
Una mujer fallece y deja a su esposo, su madre, su abuelo paterno y su hermana de padre y madre. Ver el ejemplo resuelto
Heredero MayoríaHanafíMalikíShafi‘íHanbalí
El esposo 13 12 13 13 13
La madre 29 13 29 29 29
El abuelo paterno 827 16 827 827 827
La hermana de padre y madre 427 0 427 427 427
Una mujer fallece y deja a su esposo, su madre, su abuelo paterno, su medio hermano paterno, su medio hermano materno y su media hermana materna. Ver el ejemplo resuelto
Heredero MayoríaHanafíMalikíShafi‘íHanbalí
El esposo 12 12 12 12 12
La madre 16 16 16 16 16
El abuelo paterno 16 13 13 16 16
El medio hermano paterno 16 0 0 16 16
El medio hermano materno 0 0 0 0 0
La media hermana materna 0 0 0 0 0
Un hombre fallece y deja a su madre, su abuelo paterno y su hermana de padre y madre. Ver el ejemplo resuelto
Heredero MayoríaHanafíMalikíShafi‘íHanbalí
La madre 13 13 13 13 13
El abuelo paterno 49 23 49 49 49
La hermana de padre y madre 29 0 29 29 29
Un hombre fallece y deja a su esposa y sus 2 hijas. Ver el ejemplo resuelto
Heredero MayoríaHanafíMalikíShafi‘íHanbalí
La esposa 18 18 18 18 18
2 hijas 78 78 23 23 78
Tesoro público (bayt al-mal) 0 0 524 524 0
Un hombre fallece y deja a su madre y su hermana de padre y madre. Ver el ejemplo resuelto
Heredero MayoríaHanafíMalikíShafi‘íHanbalí
La madre 25 25 13 13 25
La hermana de padre y madre 35 35 12 12 35
Tesoro público (bayt al-mal) 0 0 16 16 0

Las leyes de los países

Varios países han codificado la herencia a partir de las escuelas, con opciones propias. Aquí está lo esencial; sus diferencias se detallan en la página dedicada a las leyes de los países.

Marruecos
Código de Familia (Mudawana, 2004), de inspiración malikí: el resto se devuelve a los herederos de parte fija, incluido el cónyuge; los nietos cuyo progenitor murió antes que el difunto reciben un legado obligatorio.
Argelia
Código de Familia (1984, reformado en 2005), cercano a la escuela malikí, con radd a los herederos de parte fija y legado obligatorio (tanzîl) para los nietos cuyo progenitor murió antes.
Túnez
Código del Estatuto Personal (1956). Desde 1959, la hija o las hijas del hijo toman el resto aunque haya hermanos o tíos del difunto, y el resto vuelve también al cónyuge; legado obligatorio para los nietos.
Egipto
Leyes de 1943 (sucesiones) y de 1946 (testamento). El abuelo reparte con los hermanos como un hermano; el resto puede ir al cónyuge si no hay heredero del resto ni pariente por línea femenina; legado obligatorio desde 1946.
Arabia Saudí
Ley del Estatuto Personal (2022), primer código saudí de familia, que no remite a ninguna escuela concreta: el abuelo excluye a los hermanos, la Mushtaraka no se comparte y no hay legado obligatorio.
Turquía
Código Civil (2002), de inspiración suiza: la herencia no sigue allí las partes del Corán. Un reparto según los fara’id requiere el acuerdo de los herederos.
España, Francia, Bélgica
Se aplica la ley civil (en Europa, la de la última residencia habitual, salvo que se elija por testamento la ley nacional). Las legítimas protegen a los hijos y solo se puede disponer libremente de una parte. Los herederos mayores de edad siempre pueden acordar un reparto conforme a los fara’id. Consulta a un notario.

El detalle, país por país →

miércoles, 14 de octubre de 2026 3 جمادى الأولى 1448 هـ