Si estuvieran de viaje y no encontraran un escriba, pueden tomar algo en garantía1. No obstante, si confían el uno en el otro [no hay necesidad de una garantía, pero] el deudor debe honrar esta confianza [pagando la deuda], y que tenga temor de Dios, su Señor. Que nadie se niegue a prestar testimonio cuando sea convocado, porque quien lo oculta tiene un corazón malvado. Y Dios sabe cuanto hacen.
Notas
[1] La garantía o prenda es lo que el deudor entrega al acreedor como señal de que la deuda será saldada y de la cual podrá cobrarse su dinero, ya sea tomando posesión del bien prendado o del valor del mismo resultante de su venta, en caso de que el deudor no pueda saldar su deuda.
El versículo 283 de la sura Al-Baqara (2:283), sura medinense, se encuentra en el yuz 3, en la página 49 del mushaf. Léelo en árabe con su transliteración, sus traducciones y su tafsir, y escúchalo recitado por 69 recitadores.
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Tafsir del versículo 283
Al-Mujtasar
Si están de viaje y no encuentran escribano para registrar un préstamo, basta con que el deudor provea una prenda que el acreedor tome como garantía y esta prenda quede en posesión del acreedor hasta que el deudor salde su deuda. Si existe confianza mutua, ni el contrato por escrito, ni los testigos, ni la prenda son necesarios. La deuda será entonces un depósito confiado al deudor, el cual debe restituir al acreedor. El deudor debe temer a Al‑lah procurando saldar la deuda en tiempo y forma. Si se niega una parte de la deuda, los testigos de la transacción deben prestar testimonio. En ese caso, los testigos no deben ocultar el testimonio y los que lo hacen tienen un corazón perverso. Al‑lah sabe lo que hacen. Nada Le escapa y los retribuirá por sus obras.
Se refieren a las aleyas 283 a 286 de la sura Al-Baqara (página 49 del mushaf).
1. Está permitido al acreedor tomar una prenda a fin de garantizar el pago de una deuda en caso de no ser posible registrar por escrito la transacción.
2. Es ilícito callar un testimonio. Las aleyas subrayan la gravedad del pecado que comete aquel que oculta un testimonio.
3. Se recuerda la perfección del saber de Al‑lah, que engloba el conocimiento de aquello que hacen Sus criaturas, así como su capacidad de hacerles rendir cuentas por las acciones que han realizado.
4. La afirmación de los pilares de la fe y una explicación de sus fundamentos.
5. Esta religión está basada en la facilidad, y aparta tanto como es posible las fuentes de dificultades y molestias. Al‑lah no impone a Sus siervos cargas que no sean capaces de asumir y no les pide cuentas respecto de actos que no pueden realizar.
Otras traducciones del versículo 283
Y si os halláis de viaje y no encontráisquién ponga la deuda por escrito, que (quien contrae la deuda) entregue algo en garantía (hasta que la deuda quede saldada). Y si hay confianza entre vosotros, que el deudor se comprometa a devolverla (sin la necesidad de ponerla por escrito o de la presencia de testigos y sin dar algo en garantía), y que tema a Al-lah su Señor. Y que los testigos no oculten su testimonio (si son requeridos). Y quien lo haga tendrá un corazón pecador. Y Al-lah sabe lo que hacéis.
Y si se hallan de viaje y no encuentran quién ponga la deuda por escrito, que (quien contrae la deuda) entregue algo en garantía (hasta que la deuda quede saldada). Y si hay confianza entre ustedes, que el deudor se comprometa a devolverla (sin la necesidad de ponerla por escrito o de la presencia de testigos y sin dar algo en garantía), y que tema a Al-lah, su Señor. Y que los testigos no oculten su testimonio (si son requeridos). Y quien lo haga, tendrá un corazón pecador. Y Al-lah sabe lo que hacen.
Y si estáis de viaje y no encontráis escribano, que se deposite una fianza. Si uno confía un depósito a otro, debe el depositario restituir el depósito en el temor de Alá, su Señor. Y no rehuséis deponer como testigos. Quien rehúsa tiene un corazón pecador. Alá sabe bien lo que hacéis.
Las raíces de las palabras del versículo 283
Cada palabra con su raíz: ábrala para ver todos los versículos donde aparece.
Si no encuentran a nadie en ella, no ingresen hasta que se les dé permiso. Si se les dice: “¡No entren!”, entonces vuelvan [sobre sus pasos], eso es lo más puro. Dios conoce bien lo que hacen.
¡Oh, creyentes! Si contraen un préstamo por un plazo determinado, pónganlo por escrito. Que el escriba mantenga la justicia entre las partes y no se niegue a registrar el acta conforme a lo que Dios le ha enseñado: el escriba debe registrar y el deudor debe dictar fielmente lo que adeuda, con temor de Dios. En caso de que el deudor sea declarado incompetente o sea incapaz de expresar su deuda, que lo haga en su lugar su apoderado con fidelidad. Dos hombres confiables deben ser testigos, pero si no cuentan con dos hombres, recurran a un hombre y dos mujeres, de manera que si una de ellas se olvida la otra lo recuerde. Nadie debe negarse a ser testigo ni rehusarse si son citados a atestiguar. No sean reacios a documentar las deudas, sean pequeñas o grandes, así como su vencimiento. Esto es, para Dios, lo más justo, la mejor evidencia [si existiera una disputa] y da menos lugar a dudas. A menos que se trate de una operación al contado; entonces, no hay inconveniente en que no lo pongan por escrito. Pero [es recomendable] que lo hagan ante testigos en [operaciones de] compraventa. No se debe presionar ni coartar al escriba ni al testigo, porque hacerlo es un delito. Tengan temor de Dios, que Él los agracia con el conocimiento, porque Dios es conocedor de todas las cosas.