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Venta en corto y compra con margen: ¿están permitidas?

Actualizado el 12 de octubre de 2026

Respuesta corta

La compra con margen financiada con un préstamo con interés y la venta en corto están prohibidas por la Academia Internacional del Fiqh (resolución 63) y por Diyanet (2020): la primera se basa en la riba y la segunda en la venta de lo que no se posee.

Lo que dicen las instituciones

Posturas oficiales, con su referencia. La etiqueta resume la postura de la institución, no una opinión de Assabile.

  • Academia Internacional del Fiqh Organización para la Cooperación Islámica, Yeda
    Prohibido

    Comprar acciones con un préstamo con interés del bróker, garantizado con esas acciones, está prohibido; vender acciones que no se poseen, contando con un préstamo de valores del bróker, también lo está, y con más razón si el bróker coloca con interés el producto de la venta.

    Resolución 63 (1/7), 1992

  • Diyanet Presidencia de Asuntos Religiosos, Turquía (Alto Consejo de Asuntos Religiosos)
    Prohibido

    La venta en corto está prohibida: se refiere a títulos que no se poseen, las acciones no son bienes fungibles que puedan ser objeto de un préstamo, y el excedente que se pide por los títulos prestados es un interés.

    Fetua «Borsa’da açığa satış» (15/09/2020)

Las posturas se recogen tal cual; otros sabios pueden opinar de otro modo. Método y advertencias

Según su país

Francia
El servicio de liquidación diferida (SRD) combina crédito y aplazamiento: queda excluido.

La compra con margen

El bróker presta una parte del precio, con interés, y conserva las acciones como garantía. La Academia Internacional del Fiqh lo prohíbe porque es un préstamo usurario garantizado con una prenda (resolución 63 (1/7)); el Profeta ﷺ maldijo a quien paga la riba igual que a quien la cobra (Muslim 1598). Un apalancamiento sin interés debe examinarse contrato por contrato.

La venta en corto

El inversor vende acciones que no tiene, tomándolas prestadas del bróker, para recomprarlas más tarde a un precio más bajo. La Academia la prohíbe por ser una venta de lo que no se posee (Abu Daud 3503), con más razón cuando el bróker suele colocar con interés el producto de la venta (resolución 63). Diyanet añade que las acciones no son bienes que se presten como una suma de dinero y que el excedente que se pide por el préstamo de valores es un interés (2020).

El préstamo de valores

Prestar las propias acciones a cambio de una remuneración (lo que hacen algunos brókeres y fondos) plantea la misma cuestión: muchos comités de sharía lo excluyen, y los fondos islámicos se abstienen de hacerlo.

Los hadices

Preguntas frecuentes

¿Se puede apostar por la bajada sin vender en corto?

Los instrumentos que lo permiten (opciones de venta, CFD, ETF inversos apalancados) se basan en derivados que la Academia prohíbe. La vía conforme es vender las acciones que se poseen.

lunes, 26 de octubre de 2026 15 جمادى الأولى 1448 هـ